Nota de políticas 5: El derecho de los niños y niñas a la identidad en el contexto de las políticas de repatriación de niños y niñas extranjeros en el noreste de Siria
El alcance de la jurisdicción -en particular el alcance “extraterritorial”- de los tratados de derechos humanos ha sido durante mucho tiempo una cuestión polémica ante los tribunales de derechos humanos y los órganos de tratados. Este debate ha cobrado protagonismo recientemente en las discusiones en torno a la repatriación de personas que permanecen en centros de detención informales en el noreste de Siria. Tras la derrota del Estado Islámico de Irak y el Levante (ISIL), miles de presuntos combatientes de distintos países, a veces con sus hijos e hijas, han sido detenidos sin juicio en instalaciones administradas por las Fuerzas Democráticas Sirias (FDS), un actor no estatal. La detención arbitraria e ilegal de niños y niñas, junto con las condiciones y el trato degradantes que soportan, constituyen una violación del derecho internacional. Esto plantea la cuestión de quién, si es que alguien, es responsable de poner fin a las violaciones de los derechos de los niños y niñas sacándolos de los campos.
Esta Nota de políticas argumenta que los Estados deben cumplir con las obligaciones derivadas de los artículos 7 y 8 (derecho a la identidad) de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (CDN), lo que incluye proporcionar asistencia y protección a los niños y niñas, que carecen de elementos esenciales para establecer su identidad. Además, presenta el argumento de que, cuando la nacionalidad de los niños y niñas no pueda evaluarse y probarse rápidamente, su salida de los campos podría basarse en otra dimensión de su identidad, concretamente en el respeto de las relaciones familiares. Esto podría lograrse mediante la reunificación con otros miembros de la familia en terceros países, en virtud del artículo 10 de la CDN (derecho a la reunificación familiar). Estos esfuerzos de reagrupación deben ir acompañados de asesoramiento y de supervisión especializados adecuados en función de los antecedentes particulares de los niños y niñas.
Esta Nota de políticas fue elaborada por Greta Faieta en el contexto de su trabajo en Child Identity Protection en 2022. La versión impresa se finalizó y publicó el 31 de octubre de 2023.